La sentencia constitucional 0012/2021 que declara inconstitucional los juicios en rebeldía y emitida el 11 de marzo de 2021, debe ser tratada nuevamente por el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) porque no se notificó a las partes. Al respecto, la exdiputada de oposición Norma Piérola advirtió que el gobierno tiene la intensión de reemplazarla con otro dictamen.
“Si hasta el momento no aparece el fallo del TCP (0012/2021), entonces quiere decir que existe la intensión de sustituir el fallo y reemplazar con la sentencia que saldrá posteriormente. Es inaceptable que el ministro de Justicia (Iván Lima) diga que no se concluyó con el procedimiento, él mismo difundió el fallo en medios de comunicación. La sentencia ya estaba en la página del TCP”, afirmó la exlegisladora en contacto con la ANF.
En la interpelación del martes, el ministro de Justicia, Iván Lima, explicó que la sentencia en cuestión no llegó a ser notificada a las partes y no concluyó con el procedimiento de votación, porque la exdiputada presentó una denuncia contra los magistrados del TCP en el Legislativo, instancia que rechazó el proceso, por tanto, los jueces recién retomarán su tratamiento y emitirán una sentencia.
“Lo que corresponde ahora es que el Tribunal Constitucional retome el tratamiento de esa acción de inconstitucionalidad y emita una sentencia conforme a la Ley 254, el obstáculo legal era el proceso que se desarrollaba en la Asamblea Legislativa, que interpuso la exdiputada Norma Piérola”, indicó el ministro.
El 25 de marzo de 2021, en el programa Piedra Papel y Tinta de La Razón, Lima dio a conocer que el TCP declaró inconstitucional los procesos en rebeldía, porque eran contrarios al Pacto de San José de Costa Rica o a la Convención Americana de Derechos Humanos.
“El Tribunal Constitucional Plurinacional ha declarado inconstitucional el juicio en rebeldía, ya no hay más juicio en rebeldía ni en ausencia. Un principio básico es que (la persona procesada) tiene ser escuchada para ser sentenciada”, dijo en esa oportunidad.
Sin embargo, en mayo de ese mismo año, el presidente de Tribunal Constitucional, Paul Franco, negó que se hubiera emitido el fallo mencionado, pero no explicó por qué el dictamen estaba publicado en el portal web de esa instancia judicial.
En 2019, en su condición de diputad, Norma Piérola, presentó una acción de inconstitucionalidad abstracta para dejar sin efecto el artículo 91 Bis y 344 del Código de Procedimiento Penal y de la ley 004 de Lucha contra la Corrupción, que permitían el juzgamiento en rebeldía de los servidores públicos que se encontraban fuera del país.
Con relación a la votación, Lima dijo que se requerían cinco votos para que el fallo tenga legalidad, la sentencia solo obtuvo el respaldo de tres votos porque dos magistrados retiraron sus votos, dijo que ese proceso aún estaba pendiente.
La sentencia está firmada por seis magistrados: Paul Franco, Gonzalo Hurtado, René Espada, Georgina Amusquivar, Julia Cornejo y Petronilo Flores; dos disidentes: Carlos Calderón y Brígida Vargas, mientras que Karem Gallardo se excusó.
Denuncia en el Legislativo
En junio de 2021, la exdiputada presentó una denuncia ante la Comisión de Justicia Plural Ministerio Público de la Cámara de Diputados contra los magistrados del TCP, por los delitos de resoluciones contrarias a la constitución, incumplimiento de deberes y prevaricato, debido a la desaparición del fallo.
Al respecto, Piérola dijo que esa demanda fue usada como argumento para que los magistrados no hagan aparecer la sentencia, porque decidieron excusarse de tramitar el caso y lo dejaron en la congeladora. Por lo tanto, decidió retirar la denuncia, además que recibió amenazas anónimas.
En ese sentido, Lima señaló que, en abril de este año, la comisión de la Cámara Baja rechazó el proceso porque no existen argumentos jurídicos para enjuiciarlos. A partir de esa decisión, recién los magistrados podrán retomar el tratamiento de la sentencia cuestionada.
Finalmente, Piérola cuestionó que el Gobierno haya repuesto el ‘juicio en rebeldía’ en la ley 1390 de Fortalecimiento para la Lucha Contra la Corrupción, promulgada el 27 de agosto de 2021, si supuestamente aún no existe una sentencia constitucional.